Ley de Empleadas del Hogar, modificación:
… el Gobierno, con fecha 26 de octubre de 2012, remitió a la Comisión Parlamentaria de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo un informe en el que analiza la situación de la jubilación anticipada con coeficiente reductor y de la jubilación parcial y en el que se propone la adopción de nuevas medidas en relación con el régimen jurídico regulador de estas prestaciones, cuya implementación motiva la necesidad de suspender temporalmente –durante un plazo de tres meses– la entrada en vigor de las modificaciones que respecto de la regulación de estas modalidades de jubilación se realizan en los artículos 5, 6 y otros preceptos concordantes de la Ley 27/2011; suspensión que debe operar de modo inexcusable el día 1 de enero de 2013, fecha en que entraban en vigor las modificaciones realizadas por la citada Ley 27/2011…
Hoy por hoy, tras un año de la entrada en vigor, la ley sobre las empleadas de hogar sigue cambiando. En cualquier caso la bases permanecen inamovibles y las empleadas de hogar han de estar dadas de alta en la seguridad social. Esto supone la supervisión del contratador de las condiciones para asegurarse el cumplimiento de todas las condiciones y evitar posibles problemas legales ante contingencias en el hogar. La ventaja de contratar con una empresa es la de trasladar toda la gestión del servicio a profesionales dedicados a ello. La garantía de tener una persona cualificada para las necesidades de su hogar, sin notar incremento en la tarifa de la hora, mejorando así la calidad del servicios y sobre todo su tranquilidad. Además, nuestra empresa ofrece, un seguro de responsabilidad civil en caso de roturas o desperfectos ocasionados por la empleada y cubrimos bajas, vacaciones enviándole otra trabajadora de nuestra plantilla para que su casa siempre esté perfecta. Todo ello incluido en el precio. Pase lo que pase, usted siempre estará completamente cubierto contratando con nosotros.